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Espacios aéreos - Clases

Clase A

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Es la clase de espacio aéreo más restrictiva.

Descripción: Solo se permiten vuelos IFR. Todos los vuelos disponen de servicio de control de tránsito aéreo y están separados unos de otros. Se requiere comunicación aeroterrestre continua por voz para todos los vuelos. Todos los vuelos estarán sujetos a autorización ATC.

Se utiliza típicamente en AWY y TMA aunque también puede verse en ATZ donde está prohibido el tránsito VFR.

Ejemplos en España: ciertas divisiones verticales de Madrid TMA, Barcelona TMA, Palma TMA...

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Clase B

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Descripción: Se permiten vuelos IFR y VFR. Todos los vuelos disponen de servicio de control de tránsito aéreo y están separados unos de otros. Se requiere para todos los vuelos comunicación aeroterrestre continua por voz. Todos los vuelos estarán sujetos a autorización ATC.

Se utiliza típicamente en AWY y divisiones verticales superiores de CTA y TMA.

Ejemplos en España: prácticamente inexistente.

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Clase C

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Descripción: Se permiten vuelos IFR y VFR. Todos los vuelos disponen de servicio de control de tránsito aéreo y los vuelos IFR están separados de otros vuelos IFR y de los vuelos VFR. Los vuelos VFR están separados de los vuelos IFR y reciben información de tránsito respecto de otros vuelos VFR y asesoramiento anticolisión si lo solicitan. Se requiere comunicación aeroterrestre continua por voz para todos los vuelos. Para los vuelos VFR, se aplica una limitación de velocidad de 250 kt de velocidad indicada (IAS) por debajo de los 3050 m (10000 ft) sobre el nivel medio del mar (AMSL), excepto cuando lo apruebe la autoridad competente para tipos de aeronaves que, por razones técnicas o de seguridad, no puedan mantener esa velocidad. Todos los vuelos estarán sujetos a autorización ATC.

Se utiliza típicamente en AWY y divisiones verticales superiores de CTA y TMA.

Ejemplos en España: ciertas divisiones verticales superiores de Madrid TMA, Barcelona TMA, Palma TMA...

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Clase D

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Descripción: Se permiten vuelos IFR y VFR y todos los vuelos disponen de servicio de control de tránsito aéreo. Los vuelos IFR están separados de los vuelos IFR y reciben información de tránsito respecto de los vuelos VFR y asesoramiento anticolisión si lo solicitan. Los vuelos VFR reciben información de tránsito respecto de todos los demás vuelos y asesoramiento anticolisión si lo solicitan. Se requiere comunicación aeroterrestre continua por voz para todos los vuelos y se aplica una limitación de velocidad de 250 kt IAS a todos los vuelos por debajo de los 3050 m (10000 ft) AMSL, excepto cuando lo apruebe la autoridad competente para tipos de aeronaves que, por razones técnicas o de seguridad, no puedan mantener esa velocidad. Todos los vuelos estarán sujetos a autorización ATC.

Es el más extendido en ATZ, CTR y algunas divisiones verticales inferiores de CTA.

Ejemplos en España: mayoría de ATZ, CTR y divisiones verticales inferiores de CTA.

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Clase E

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Descripción: Se permiten vuelos IFR y VFR. Los vuelos IFR disponen de servicio de control de tránsito aéreo y están separados de otros vuelos IFR. Todos los vuelos reciben información de tránsito, siempre que sea posible. Se requiere comunicación aeroterrestre continua por voz para los vuelos IFR. Se aplica una limitación de velocidad de 250 kt IAS a todos los vuelos por debajo de los 3050 m (10000 ft) AMSL, excepto cuando lo apruebe la autoridad competente para tipos de aeronaves que, por razones técnicas o de seguridad, no puedan mantener esa velocidad. Todos los vuelos IFR estarán sujetos a una autorización ATC. La clase E no será utilizada para las zonas de control.

Se utiliza típicamente en divisiones verticales inferiores de CTA y TMA.

Ejemplos en España: divisiones verticales inferiores de Madrid TMA, Barcelona TMA, Palma TMA...

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Clase F

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*RMZ (Radio Mandatory Zone): Zonas donde la comunicación bidireccional por radio es obligatoria

Descripción: Se permiten vuelos IFR y VFR. Todos los vuelos IFR reciben servicio de asesoramiento de tránsito aéreo y todos los vuelos reciben servicio de información de vuelo si lo solicitan. Se requiere comunicación aeroterrestre continua por voz para los vuelos IFR que participan del servicio de asesoramiento, y todos los vuelos IFR deberán estar en condiciones de establecer comunicaciones aeroterrestres por voz. Se aplica una limitación de velocidad de 250 kt IAS a todos los vuelos por debajo de los 3050 m (10000 ft) AMSL, excepto cuando lo apruebe la autoridad competente para tipos de aeronaves que, por razones técnicas o de seguridad, no puedan mantener esa velocidad. No es necesaria una autorización ATC.

Se utiliza típicamente en divisiones verticales inferiores de CTA y TMA.

Ejemplos en España: prácticamente inexistente, sólo aplicable a algunas aerovías.

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Clase G

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Descripción: Los vuelos IFR y VFR están permitidos y reciben servicio de información de vuelo si lo solicitan. Todos los vuelos IFR estarán en condiciones de establecer comunicaciones aeroterrestres por voz. Se aplica una limitación de velocidad de 250 kt IAS a todos los vuelos por debajo de los 3050 m (10000 ft) AMSL, excepto cuando lo apruebe la autoridad competente para tipos de aeronaves que, por razones técnicas o de seguridad, no puedan mantener esa velocidad. No es necesaria una autorización ATC.

Se utiliza típicamente en FIZ y en la capa de libre circulación VFR.

Ejemplos en España: divisiones verticales inferiores de las FIR de Madrid, Barcelona y Canarias, sectores VFR en Palma TMA...

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