Barcelona Este Control (R5) | Barcelona Radar | Palma Radar

Índice


1. Barcelona Este Control (RUTA 5)

Situado en el extremo oriental peninsular -cubriendo principalmente el Mediterráneo- el quinto sector de ruta presta servicio radar por encima de los TMA de Palma y la mitad este de Barcelona, siendo responsable de controlar los cruces de tránsitos entre España y Marsella UIR, con los que sobrevuelan entre Argelia UIR y Europa, tal como se describe a continuación.

Posiciones activas

IVAC log-in Call-sign Frecuencia FRA Límites Observaciones
LECB_E_CTR Barcelona Control 135.355 SFC -> FL660 Indicativo CPDLC en eventos: CBKE

Incluir en RMKs: NO ATS BELOW FL195 IN BARCELONA TMA.

Espacio aéreo

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Además del servicio en ruta, en caso de ausencia de controlador en las posiciones inmediatamente inferiores (APP, TWR, etc.) el controlador UIR asumirá sus responsabilidades y espacios aéreos correspondientes, dentro de sus límites horizontales de servicio, aunque esto suponga crear con ello un "escalón" bajo otro sector UIR aledaño, dando así el mismo servicio previsto para las dependencias asumidas. Así, por ejemplo, se prestará servicio en el TMA de Palma, al tiempo que no se dará servicio en el TMA de Barcelona (LECB_W_CTR), debiendo pasar los tráficos en evolución a dichos espacios a la frecuencia UNICOM normalmente.

LECB_E_CTR proporciona servicio en el TMA de Barcelona desde FL195 en el sector LECB_CVN (desde FL255 en GR1)

LECB_E_CTR proporciona servicio en el Sector LECB_LVS sobre Ibiza hasta FL245.

Procedimientos operativos LECB_E_CTR

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Procedimientos de Gestión de Tráfico

  • Se proporciona control radar en ruta en todo el sector.
  • Barcelona Control asignará las llegadas STAR a los tráficos con destino a Barcelona TMA y Palma TMA. Podrá asignar STAR a otros aeródromos previa coordinación con las unidades correspondientes.

Mínimas de separación

  • Separación horizontal en ruta: 5 nm
  • Separación vertical: 1000 pies hasta FL410 (espacio RVSM de FL290 a FL410), excepto entre cualquier tráfico con aeronaves autorizados a volar espacio RVSM sin el equipamiento correspondiente por encima de FL290 (generalmente tráfico militar), que será de 2000 pies. Por encima de FL410 la separación vertical será de 2000 pies en todos los casos.

Pérdida de condiciones RVSM

Cuando por cualquier circunstancia (fallo de equipo, turbulencia, etc.) se produzca un cambio de condición de RVSM a NO RVSM, la tripulación del vuelo lo comunicará sin demora y la dependencia ATC revisará su autorización para garantizar una separación
horizontal y vertical adecuada con el resto de tráficos. Adicionalmente, el sector donde se produzca dicho cambio lo notificará a los sectores colaterales afectados para la coordinación de una separación de 2000´ u otra que se estime oportuna.

En presencia de turbulencia grave prevista o no prevista, que en opinión del piloto podría afectar a la capacidad de la aeronave para mantener su nivel de vuelo autorizado, se establecerá o bien una separación horizontal adecuada o se aumentará la separación vertical mínima.

Adicionalmente, se determinará si debería suspenderse la RVSM y, de ser así, durante cuánto tiempo y en qué área o nivel o niveles de vuelo concretos. En este caso, se deberá coordinar dicha suspensión o suspensiones con los sectores y dependencias adyacentes.

Operativa CPDLC

El uso de CPDLC (Hoppie o por frecuencia) se aplicará únicamente por encima de FL285 y cuando el tiempo de respuesta de las comunicaciones no sea crítico.

En aproximación, su uso está limitado a las siguientes funcionalidades:

  •  Coordinación y transferencia para el cambio de frecuencia.
  • Chequeo de ocupación de frecuencia para comprobación de micrófono.
  • Las autorizaciones de velocidad, rumbo, niveles y tramos directos se seguirán proporcionando vía comunicaciones de voz.

Consultar manual sobre el uso de Datalink-Aurora.

Cartas operacionales

Los tráficos a destinos cercanos como Barcelona TMA o Palma TMA, así como los sobrevuelos dentro del espacio aéreo de responsabilidad, serán transferidos a o de Barcelona Control teniendo en cuenta lo siguiente:

  • Se transferiran 10 millas antes de la llegada al límite del sector adyacente, siempre libre de tráfico.
  • Los tráficos que no mantengan el nivel de transferencia acordado deberán ser coordinados previamente entre ambas dependencias.
  • El sector radar deberá proporcionar información sobre los procedimientos inmediatamente posteriores en sus sectores adyacentes. Para obtener esta información, hacer referencia a la tabla siguiente:
Ruta Intenciones Nivel de vuelo Trasferencia Observaciones
Norte Sobrevuelo PAR LFMM_S_CTR LoA: Marsella-Barcelona
Descenso Destino Barcelona TMA FL200 LEBL_T1_APP STAR asignada
Este Sobrevuelo PAR LFMM_S_CTR LoA: Marsella-Barcelona
Descenso Destino Palma AD FL200 LEPA_LL1_APP STAR asignada. Ver Manual Operativo
Descenso Destino Menorca AD FL70 (FL80 si QNH<1013) LEMH_TWR STAR asignada
Descenso Destino Ibiza AD FL210 LEPA_LL1_APP STAR asignada. Ver Manual Operativo
Sur Sobrevuelo IMPAR DAAA_CTR LoA: Argelia-Barcelona
Oeste Sobrevuelo IMPAR LECB_W_CTR -

2. Barcelona Radar

Posiciones No Activas

Log-in Callsign Frecuencia FRA Limites Observaciones
LECB_XAL_CTR Barcelona Radar 133.030 APC SFC-FL325 Posición reservada para eventos y activable mediante NOTAM.
LECB_DDX_CTR Barcelona Radar 132.580 APC SFC-FL325 Posición reservada para eventos y activable mediante NOTAM.

Para la apertura de estas posiciones LEBL_T1_APP debe de estar conectada.

Espacio Aéreo

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Minima de Separacion

  • Separacion vertical: 1000 pies hasta FL410 (espacio RVSM de FL290 a FL410), excepto entre cualquier trafico con aeronaves autorizados a volar espacio RVSM sin el equipamiento correspondiente por encima de FL290 (generalmente trafico militar), que sera de 2000 pies. Por encima de FL410 la separacion vertical sera de 2000 pies en todos los casos.
  • Separacion horizontal en ruta: 5 NM
  • Separacion horizontal en APP: 3 NM entre tránsitos a menos de 60 nm de LEBL ARP y 5 NM a mas de 60. Se aplicara la separacion minima por estela turbulenta entre aeronaves

3. Palma Radar

Posiciones No Activas

Log-in Callsign Frecuencia FRA Limites Observaciones
LECP_GIX_CTR Palma Radar 118.125 APC MSL-FL245 Activable mediante NOTAM.
LECP_MXX_CTR Palma Radar 120.700 APC MSL-FL245 Activable mediante NOTAM.

Para la apertura de LECP_GIX_CTR, LEPA_LL1_APP debe de estar conectada.

Espacio Aéreo

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Minima de Separacion

  • Separacion vertical: 1000 pies hasta FL410 (espacio RVSM de FL290 a FL410), excepto entre cualquier trafico con aeronaves autorizados a volar espacio RVSM sin el equipamiento correspondiente por encima de FL290 (generalmente trafico militar), que sera de 2000 pies. Por encima de FL410 la separacion vertical sera de 2000 pies en todos los casos.
  • Separacion horizontal en ruta: 5 NM
  • Separacion horizontal en APP: 3 NM entre traficos a menos de 60 nm de LEPA ARP y 5 NM a mas de 60. Se aplicara la separacion minima por estela turbulenta entre aeronaves

4. Recursos adicionales

Accede a la ficha del TMA de Palma en este enlace

 

 

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