1. Regulaciones generales

Introducción

Las Operaciones Especiales son una parte imprescindible de IVAO; es esencial que puedan integrarse perfectamente en el tráfico aéreo civil y, al mismo tiempo, seguir pudiendo desempeñar sus funciones especializadas. El objetivo y el espíritu del Departamento de Operaciones Especiales es establecer un estándar de red global para la ejecución ordenada y madura de Operaciones Especiales con énfasis adicional, dentro de lo razonable, en el como principio real como se pone.

1. Regulaciones generales

1.1. Las Operaciones Especiales en IVAO se definen como operaciones militares aéreas, trabajos aéreos y otros vuelos de aviación, ya sean actividades u operaciones que se realicen bajo reglas y procedimientos distintos a los que cumplen plenamente con las normas y recomendaciones de la OACI, estándares (SARPs) u otras normas y procedimientos civiles. Controlar unidades militares y otras unidades, distintas de los servicios civiles de tránsito aéreo, responsables de los vuelos mencionados anteriormente también se incluyen bajo el reglamento de Operaciones Especiales.

           1.1.1. En la definición de Operaciones Especiales, se incluye la siguiente lista (no es exhaustiva):

Operaciones militares aéreas
  • Operaciones ofensivas
  • Operaciones antiaéreas
  • Vuelo en formación
  • Vuelo a baja cota
  • Repostaje aéreo
  • Alerta temprana y control aerotransportado (AEWC)
  • Relé de comunicaciones
  • Operaciones embarcadas
  • Búsqueda y rescate de combate
  • Vuelos de entrenamiento
  • Operaciones de RPAs
 Trabajos aéreos u operaciones especializadas
  • Búsqueda y rescate
  • Extinción de incendios
  • Evacuaciones aeromédicas
  • Vuelos de construcción
  • Transporte mediante elevación
  • Remolcado de aeronaves
  • Trabajos relacionados con las petroleras
  • Minería de avalancha
  • Operaciones de paracaidismo 
  • Vuelos acrobáticos
  • Grabación de imágenes para la televisión
  • Fotografía aérea
  • Observación aérea, patrullaje o vuelos de estudio.
  • Vuelos de búsqueda y rescate veterinario
  • Fumigación
  • Operaciones en barcos o instalaciones en alta mar
  • Vuelos de investigación científica
  • Vuelos meteorológicos
  • Vuelos sensoriales (ej. Gravedad 0)
  • Vuelos de prueba o aceptación
  • Vuelos de calibración
  • Operaciones cartográficas.
 Operaciones policiales o de aduanas
 
Cualquier operación especializada o de alto riesgo
 
Cualquier otro vuelo (actividad u operación) que se desvíe de los SARP de ICAO (vuelos a alturas mínimas, operaciones sobrepasando los límites de la aeronave, etc.

 

1.2. Las regulaciones (permanentes o temporales) son de uso obligatorio para todos los usuarios de IVAO.

1.3. Queda terminantemente prohibido organizar o realizar cualquier actividad en la red de IVAO que recrea total o parcialmente, cualquier guerra o evento del mundo real, ya sea del presente o del pasado, que condujo a la pérdida de alguna vida. Además, está prohibido realizar cualquier actividad u operación que pueda antagonizar a cualquier usuario de IVAO o crear controversia, independientemente de la razón.

1.4. Las operaciones militares constituyen una parte significativa de las Operaciones Especiales; la ejecución de operaciones militares específicas en pleno cumplimiento de este reglamento no serán interpretadas por los espectadores como una simulación de agresión. Además, cualquier punto de vista del mundo real o acontecimiento que esté ocurriendo, no puede intervenir si estas normativas se están cumpliendo.

1.5. Cualquier operación o actividad relacionada con las operaciones especiales debe realizarse dentro de la división en la que el usuario está registrado. Las excepciones para ello, son las siguientes:

1.5.1. Se ha recibido la aprobación por parte de la división en la que el usuario va a realizar el vuelo, y dicho usuario está  inscrito en la SO order de la división.

1.5.2. En una división en la que se ha establecido que no hace falta tener dicho permiso para volar.

1.5.3. Se ha obtenido un permiso previo al vuelo y el mismo está siendo supervisado por el staff divisional.

1.5.4. Se está participando en un evento de operaciones especiales.

1.5.5. Se está participando en un tour de operaciones especiales.

1.5.6. Se realizan actividades u operaciones de un vSOG que está registrado en la división y el usuario está inscrito en dicho  SOG. 

1.5.7. Se realizan operaciones especiales en una división inactiva (respetando la norma 1.6).

1.6. Está prohibido realizar operaciones militares en una división inactiva. Operaciones no-militares pueden ser realizadas siempre y cuando la aeronave con la que se vuela no tenga la capacidad de llevar armas y/o munición. Aquellas aeronaves que puedan transportar munición podrán traspasar la división solo para usarla como vía, nunca podrán realizar alguna misión dentro de ella.

1.7. Una división puede renunciar a solicitar a los usuarios permiso para realizar Operaciones Especiales en la división especificándolo en la SO order.

1.8. Las aeronaves no deberán volar en espacios aéreos restringidos o segregados que hayan sido publicados en la SO order o en el sistema de NOTAMs de IVAO, excepto si dicha zona lo permite. 

1.9. Está prohibido que un usuario realice interceptaciones, targeting o escolta de cualquier tráfico fuera de la División indicada en su perfil. Se pueden hacer excepciones a esta regla para usuarios que participan activamente en un Evento Internacional/Divisional de Operaciones Especiales.

1.10. Un usuario puede realizar intercepciones, apuntar o escoltar dentro de la División indicada en su perfil, siempre que todas las partes (los usuarios interceptados y los usuarios interceptados) tener un acuerdo por escrito, a través de un mensaje privado a través de los clientes de IVAO, antes del inicio la interceptación. Este tipo de actividad también debe realizarse de alguna de las siguientes formas:

1.10.1. Dentro del espacio aéreo segregado: los usuarios pueden realizar intercepciones, targeting o escolta sin el requisito de un controlador de tránsito aéreo en línea dentro de cualquier espacio aéreo segregado publicado en el Punto 1 del SO order.

1.10.2. Fuera del espacio aéreo segregado: los usuarios pueden realizar intercepciones, targeting o escolta fuera del espacio aéreo segregado publicado, siempre que haya una controlador de tránsito aéreo activo conectado que es responsable del área o áreas deseadas ser utilizado y el usuario tiene la aprobación por escrito del controlador, a través de un mensaje privado a través de clientes de IVAO, para operar dentro de su espacio aéreo. Esta aprobación puede retirarse en cualquier momento, y la actividad u operaciones no deben ser una molestia para un otros usuarios de ese espacio aéreo.

1.11. Los vuelos en formación se basarán en el realismo y se utilizarán con fines de formación de vuelo. Un vuelo de varias aeronaves sólo se clasificará como formación si se cumple una de las siguiente condiciones:

1.11.1. El propósito de que la aeronave esté muy cerca es permitir que la aeronave se mueva de un lugar a otro bajo un indicativo.

1.11.2. Las aeronaves son de un tipo de aeronave similar (p. ej., aviones de combate/aviones ligeros) o las aeronaves son de una organización similar (por ejemplo, fuerza aérea/vuelo histórico).

1.12. Los vuelos en formación no se considerarán como escolta a menos que se indique explícitamente. Todas las partes involucradas aceptarán participar en cualquier formación. El vuelo en formación no se utilizará como medio para interceptar a un usuario que no desea ser interceptado.

1.13. Los usuarios de IVAO pueden obtener la aprobación para realizar Operaciones Especiales en una División diferente a esa indicado en su perfil enviando un correo electrónico al personal de operaciones especiales de la división correspondiente o HQ de la División. Una vez que se ha otorgado el permiso y una Orden de Operaciones Especiales actualizada ha sido aprobado y publicado con el VID del usuario en la lista, pueden realizar Operaciones en esa División sin restricciones adicionales impuestas. Este permiso no es requerido por algunas divisiones y se indicará en la Orden de Operaciones Especiales de la División si este es el caso.