Espacios aéreos especiales
¿Qué es un espacio aéreo especial?
Además de los tipos de espacios aéreos ya explicados, existen otros espacios aéreos especiales.
Los espacios aéreos especiales tienen características y requisitos específicos y puntuales. Por ejemplo, pueden estar activos o inactivos, pueden representar áreas de fauna sensible, de equipo transponder obligatorio… etc.
Los espacios aéreos especiales son:
● Zona prohibida (P)
● Zona peligrosa (D)
● Zona restringida (R)
● Zonas temporalmente segregadas (TSA)
● Zonas temporalmente reservadas (TRA)
● Zonas de fauna sensible (F)
● Zona obligatoria de radio (RMZ)
● Zona de transponder obligatorio (TMZ)
P - Zona Prohibida
Una P (Prohibited area) es un espacio aéreo de límites determinados dentro del cual está prohibido el vuelo de aeronaves.
Características:
● Identificación: [Código geográfico de dos letras OACI] P [número de zona]. Ejemplo: LEP142, GMP21.
● Límites verticales:
○ Inferior: siempre es la superficie.
○ Superior: según AIP.
● Horario de operación: permanente. Es decir, siempre están activas por lo que el vuelo siempre está prohibido.
Consultar en AIP, ENR 5.1.
D - Zona peligrosa
Una D (Danger area) es un espacio aéreo de límites determinados dentro del cual en determinados momentos pueden desarrollarse actividades peligrosas para las aeronaves.
Antes de entrar en una D, la aeronave obtendrá la información necesaria sobre las actividades y horario de la misma.
Características:
● Identificación: [Código geográfico de dos letras OACI] D [número de zona]. Ejemplo: LED1, GCD3.
● Límites verticales:
○ Inferior: puede ser la superficie o un nivel determiniado. Según AIP.
○ Superior: según AIP.
● Horario de operación: según AIP.
Consultar en AIP, ENR 5.1.
Si se quiere tener más información sobre estas zonas proporcionada por nuestro Dept. de Operaciones Especiales, puedes visitar la siguiente sección de la wiki (zonas peligrosas).
R - Zona restringida
Una R (Restricted zone) es un espacio aéreo de límites determinados dentro del cual está siempre restringido el vuelo de una aeronave, de acuerdo con las condiciones especificadas para cada zona.
Características:
● Identificación: [Código geográfico de dos letras OACI] R [número de zona]. Ejemplo: GER11, LER12.
● Límites verticales:
○ Inferior: puede ser la superficie o un nivel determinado. Según AIP.
○ Superior: según AIP.
● Horario de operación: según AIP.
Consultar en AIP, ENR 5.1.
Si se quiere tener más información sobre estas zonas proporcionada por nuestro Dept. de Operaciones Especiales, puedes visitar la siguiente sección de la wiki (zonas restringidas).
TSA - Espacio aéreo temporalmente segregado
Una TSA (Temporary Segregated Airspace) es un volumen de espacio aéreo:
● aislado para el desarrollo de una actividad aeronáutica temporal y limitada en el tiempo.
● donde únicamente las aeronaves participantes en la actividad aeronáutica pueden entrar.
● que normalmente está bajo la responsabilidad de una unidad ATS.
● se publican en el AIP o NOTAMs.
● identificado como [Código geográfico de dos letras OACI] TS [número de zona]. Ejemplo: LETS22.
● con horario de operación y límites verticales y horizontales publicados.
Consultar en AIP, ENR 5.1.
TRA - Espacio aéreo temporalmente reservado
Una TRA (Temporary Reserved Airspace) es un volumen de espacio aéreo:
● aislado para el desarrollo de una actividad aeronáutica temporal y limitada en el tiempo.
● donde las aeronaves participantes en la actividad aeronáutica pueden entrar.
● donde otras aeronaves ajenas a la actividad pueden entrar bajo autorización ATC.
● que normalmente está bajo la responsabilidad de una unidad ATS.
● se publican en el AIP o NOTAMs.
● identificado como [Código geográfico de dos letras OACI] TR [número de zona]. Ejemplo: LETR3.
● con horario de operación y límites verticales y horizontales publicados.
Consultar en AIP, ENR 5.1
F -Zona de fauna
Una F es un espacio aéreo de límites determinados creado con el objetivo de proteger entornos medioambientales sensibles de posibles perturbaciones causadas por el tráfico aéreo. El vuelo dentro de la F está prohibido a todas las aeronaves.
Características:
● Identificación: F [número de zona]. Ejemplo: F1, F2....
● Límites verticales:
○ Inferior: es siempre la superficie.
○ Superior: según AIP.
● Horario de operación: permanente. Es decir, siempre están activas por lo que el vuelo siempre está prohibido.
Consultar en AIP, ENR 5.6.
RMZ - Zona obligatoria de radio
Una RMZ (Radio Mandatory Zone) es una zona establecida dentro de un espacio aéreo de clase no controlado (E, F o G) donde:
● es obligatorio que las aeronaves mantengan a la escucha en la frecuencia asociada.
● cuando sea necesario, las aeronaves establecerán comunicación bidireccional con la frecuencia asociada.
● antes de entrar en una RMZ las aeronaves harán una llamada inicial en la frecuencia asociada.
Aplicación:
● Las aeronaves VFR en espacio aéreo E, F o G con RMZ.
● Las aeronaves IFR en espacio aéreo F o G con RMZ.
Ejemplos en España: se establecen RMZ dentro de FIZ y en pasillos y sectores VFR.
TMZ - Zona obligatoria de transpondedor
Una TMZ (Transponder Mandatory Zone) es una zona establecida dentro de un espacio donde es obligatorio que las aeronaves utilicen transpondedores SSR que transmitan altitud de presión (modo C o S).
Está orientado a aeronaves VFR, ya que las aeronaves IFR llevan transpondedor como requisito para operar en IFR.
Aplicación:
Ejemplos en España: https://insignia.enaire.es/?TYPE=TMZ
Ejemplos en Reino Unido: se establecen TMZ en las proximidades de aeropuertos congestionados como Heathrow y Stansted. Pese a que no aparece el término “TMZ” en la carta, los semicírculos rosados indican TMZ según la simbología del AIP británico.